jueves, 24 de septiembre de 2015

Tarea 3. Vestuario y apariencia en el trabajo


TAREA 3. Vestuario y apariencia en el trabajo

Actualmente son muchas las ocasiones en las que los trabajadores se ven obligados a utilizar cierta ropa o proporcionar cierta apariencia en su trabajo. Estas condiciones son exigidas por parte del empresario para la buena imagen de la empresa.  ¿Se trata de una mera cualidad para el desempeño del trabajo o esconde prácticas que afectan directamente al trabajador?

Estas prácticas llevadas a cabo en las empresas con la exigencia de cierta apariencia física o cierta ropa para el desempeño del trabajo afecta directamente al trabajador. A nuestro juicio existen diferentes exigencias que no son necesarias para que el trabajador desempeñe su tarea, ejemplo de ello es exigir a una enfermera ir en falda.

Según el artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET), se reconoce el derecho a respetar la intimidad de los mismos y a la consideración debida a su dignidad. Así como, el artículo 17.1 del ET que hace referencia al respeto al derecho a la propia imagen en el ámbito laboral. Las posibles exigencias por parte del empresario podrían ir en contra de estos derechos recogidos en el ET.

Por construcción cultural muchas de las exigencias o condiciones de las que hablamos están dirigidas hacia el sector de las trabajadoras femeninas, a nuestro juicio, yendo esto en contra del artículo 14 de la CE en el que establece: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Un ejemplo de ello es la sentencia del Tribunal Supremo del 19 de abril de 2011 en la que se declara contrario al artículo 14 de la CE la práctica del empresario, entendiéndose como discriminatorio por razón de sexo la acción de imponer a las enfermeras y auxiliares de enfermería la utilización de un uniforme que consta en un delantal con peto y falda. No pudiendo optar estas al uniforme que está establecido para los hombres de la misma categoría. Por ello, determina que las mujeres podrán usar el mismo uniforme que está asignado a los hombres en esa actividad.



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