jueves, 22 de octubre de 2015

Tarea 14. Despido por causas de embarazo. Prueba.



El caso que se nos presenta trata de una trabajadora en situación de Incapacidad Temporal derivada de enfermedad común por amenaza de aborto, a fecha de 19 de Marzo de 2014.

El 10 de Abril de 2014 la trabajadora es despedida disciplinariamente por parte de la empresa.
La trabajadora pide la nulidad del despido con una indemnización de 25.000€ por daños morales.
La sentencia de instancia declara la nulidad del despido condenando a la empresa a la readmisión ya que el despido no era realmente por el bajo rendimiento de la trabajadora al no existir sanción previa que manifestase el descontento de la empresa. La empresa es condenada al pago de salarios de tramitación y el abono de una indemnización de 9.000€ por lesionar el derecho a la no discriminación.

La empresa recurre en suplicación alegando que no era conocedora de la situación de embarazo ya que la baja no lo indicaba, razonando que la causa del despido disciplinario es por la disminución del rendimiento por parte de la trabajadora por ausencias reiteradas en el trabajo, sin ser justificadas por la misma.

El tribunal dicta a favor de la empresa porque la trabajadora no puso en conocimiento su situación y no existe prueba de ello. Tampoco es pertinente la indemnización porque no existe vulneración de derecho fundamental.

Existen casos como en el de la siguiente sentencia del Tribunal Constitucional 173/2013 del 10 de Octubre de 2013, en el que la trabajadora es despedida estando en situación de embarazo sin conocimiento por parte de la empresa y que el tribunal en amparo establece que se da una vulneración del derecho a la igualdad.

La trabajadora embarazada de 10 semanas esta contratada en periodo de prueba por la empresa y esta es despedida por no superar el periodo de prueba no alcanzando los objetivos del mismo.
La actora demanda pidiendo la nulidad del mismo estableciendo que la causa del despido es su situación de embarazo, se considera que no queda probado que la empresa fuese conocedora de esta situación y por ello es desestimado.

La actora recurre en suplicación y esto es desestimado por el tribunal por los motivos anteriormente citados.

Recurre posteriormente en casación de unificación de doctrina, el tribunal desestima por las razones anteriores, por no darse indicios de discriminación.

Por ultimo, la actora recurre en amparo, resolviendo el tribunal a favor de la trabajadora. El tribunal alega que existe vulneración del derecho a la igualdad en las anteriores resoluciones judiciales. Por ello, declara la nulidad del despido y de las anteriores resoluciones judiciales.


No hay comentarios:

Publicar un comentario